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RIESGOS DE LA DESAPARICIÓN DE LOS FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL

RIESGOS DE LA DESAPARICIÓN DE LOS FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL

RIESGOS DE LA DESAPARICIÓN DE LOS FIDEICOMISOS DEL PODER JUDICIAL

De aprobarse la reforma por el Senado de la República se afectaría la independencia del Poder Judicial y la división de poderes.

En la Cámara de Diputados, el proceso legislativo para extinguir los fideicomisos del Poder Judicial excluyó a la Comisión de Justicia para la discusión y redacción del dictamen, órgano competente en la materia.

Por: IMCO Staff

La eliminación de fideicomisos destinados al cumplimiento de obligaciones laborales tendría un impacto en las prestaciones y pensiones de los trabajadores, además de obstaculizar la implementación de reformas en materia penal, civil y laboral.

El dictamen aprobado transgrede la facultad de autodeterminación del Poder Judicial para decidir su funcionamiento interno, manejo de recursos humanos y financieros.

El día de martes 17 de octubre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen relacionado con la iniciativa que busca eliminar 13 de los 14 fideicomisos que están bajo la responsabilidad del Poder Judicial de la Federación. La votación contó con la participación de 465 diputados (93% del total), de los cuales 259 votaron a favor, 205 en contra y uno se abstuvo. 

Este dictamen, que pasará como minuta al Senado de la República, es el resultado de una iniciativa presentada el 6 de septiembre de 2023 por un diputado del Grupo Parlamentario de Morena. Dentro de los pasos a seguir en el proceso legislativo, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados remitió a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública la responsabilidad de su dictaminación.

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) analizó el dictamen de los diputados y concluye que afecta la división de poderes y la independencia del Poder Judicial de la Federación. El propósito de fortalecer la transparencia y la gestión del uso de recursos públicos no requiere la extinción de fideicomisos públicos. La capacidad de autodeterminación interna es un elemento clave para el ejercicio de la autonomía presupuestal con la que cuenta el Poder Judicial.

Un Poder Judicial fuerte es esencial para el estado de derecho. La interferencia y ataque políticos vulneran y debilitan el sistema de pesos y contrapesos, amenazando la certidumbre jurídica necesaria para el desarrollo económico. Una reforma que se plantea como presupuestaria, pero que tiene un impacto negativo en la solidez del Poder Judicial, afecta el estado de derecho, el entorno empresarial y la inversión, reduciendo las condiciones de competitividad del país. 

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El debate y posterior análisis en el Senado deben tomar en cuenta el impacto potencial en la independencia del Poder Judicial y en los derechos laborales de su personal. La iniciativa pone en riesgo la estabilidad de fondos que no solo se nutren de recursos presupuestarios, sino también de las contribuciones de los propios trabajadores acumuladas a lo largo de años. Estos fondos se utilizan para cubrir servicios médicos de emergencia, pensiones y reubicaciones derivadas de compromisos laborales. En resumen, este dictamen no solo afecta la integridad del Poder Judicial en su conjunto, sino que también perjudica a trabajadores que han dedicado su vida profesional a la carrera judicial.

Destacan los siguientes puntos del dictamen aprobado:

  1. Dictaminación. El proceso de dictaminación de la iniciativa es cuestionable, pues lo realizó la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, la cual es competente para examinar cuestiones presupuestarias, pero no para analizar el funcionamiento del Poder Judicial. En este caso, la comisión ordinaria para discutir la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación sería la Comisión de Justicia y la opinión de la Comisión de Hacienda y Crédito Público. 
  2. Sin subejercicios. El dictamen plantea un subejercicio de los fideicomisos, lo cual es inexacto, ya que los fideicomisos son instrumentos financieros con reglas específicas, distintas a la normativa presupuestal. Cada fideicomiso tiene un propósito particular establecido por las cláusulas del respectivo contrato, por lo que no es posible hablar de subejercicios en dichos instrumentos. 
  3. Origen de recursos. Dentro de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación hay fondos que no están compuestos por recursos públicos, sino por fuentes diversas como contribuciones de los trabajadores del Poder Judicial o recursos propios (por ejemplo, venta de publicaciones). Por su origen, estos recursos no deberían ser transferidos a la Tesorería de la Federación (Tesofe). Limitar la capacidad de organización y gestión del Poder Judicial podría significar una afectación al cumplimiento de obligaciones y garantía de derechos. 
  4. Funcionamiento de fideicomisos. Del análisis de la Cuenta Pública se encuentra que el Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con la normatividad presupuestal, ha realizado los reintegros correspondientes a la Tesofe. La creación de fideicomisos responde a la necesidad de garantizar la suficiencia de recursos para la implementación de las reformas en materia penal, civil y laboral ante una falta de recursos presupuestales. 
  5. Rendición de cuentas. En la exposición de motivos del dictamen se menciona que una justificación para eliminarlos es la opacidad en el uso de sus recursos. Sin embargo, las auditorías realizadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) señalan recomendaciones de mejora, pero no irregularidades en el uso de dinero público. En términos de proporción del gasto, el presupuesto total del Poder Judicial de la Federación no supera el 1% del gasto total proyectado para 2024.

En el IMCO, exhortamos a los Senadores a seguir un proceso legislativo apegado a la ley, a incluir la voz de aquellos que verían sus derechos laborales afectados y a debatir con datos y evidencia la minuta que extingue los fideicomisos a cargo del Poder Judicial de la Federación y que, además, prohíbe la creación y operación de fondos y fideicomisos adicionales a los establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. De aprobarse en los mismos términos representaría un debilitamiento a la división de poderes y un impacto negativo en la competitividad del país.

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