La inseguridad debilita el estado de derecho.
Por Jorge Carbajal | Programa de Justicia
No existe el Estado de derecho en un régimen democrático cuando las autoridades no cumplen la ley o cuando ésta no se aplica a los particulares. Pero tampoco cuando la ley no respeta los derechos humanos.
El grave problema de inseguridad e injusticia que prevalece en México conlleva el debilitamiento de ese Estado de derecho. La comisión de un delito (ya sea menor o de alto impacto) y la falta de respuesta efectiva, no solo afecta a las víctimas directas e indirectas, sino que incrementa la desconfianza ciudadana y la percepción de que el Estado mexicano no es capaz de hacer cumplir la ley.
Indicadores clave de la ausencia de Estado de derecho en México
Para dimensionar el problema, veamos algunos indicadores clave. Empecemos con la llamada “cifra negra”, es decir, los delitos que se cometen pero no se denuncian, o nunca son consignados. A nivel nacional, se ha mantenido alrededor del 93%. Significa que, en sólo siete de cada 100 presuntos hechos delictivos, se abrió una carpeta de investigación. Esto es indicativo de la baja confianza ciudadana y la falta de expectativas de resultados.
Los delitos que sí se denunciaron ante las fiscalías, en 2023, fueron 2.38 millones. En el 90.8% de los casos se convirtieron en carpeta de investigación; es decir, nueve de cada 10 denuncias. Pero ese mismo año, el índice de impunidad a nivel nacional fue de 93.6%, lo que se traduce en que al cierre del periodo solo se resolvieron 6 de cada 100 carpetas de investigación.
Las tres soluciones del Gobierno que comprometen los derechos humanos
El gobierno de Claudia Sheinbaum y los grupos parlamentarios de Morena y sus aliados en el Congreso han fijado su postura sobre este problema público, y la manera como van a enfrentarlo. Sin embargo, por donde se vea, sus políticas abren la puerta a violaciones de derechos humanos y debilitan los mecanismos jurisdiccionales que los protegen.
En primer lugar, la tan controvertida reforma que implica un cambio radical en la estructura del Poder Judicial a nivel federal y estatal. Su método de elección y de control interno de las personas juzgadoras puede limitar el desempeño jurisdiccional, vulnerar aún más la independencia judicial y afectar la garantía de los derechos humanos.
En segundo lugar, la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional que nos aleja del objetivo de fortalecer las policías civiles e incrementa la militarización de la seguridad pública, con los riesgos que implica para la protección de derechos humanos.
Tercero, la ampliación del catálogo de delitos donde se aplica la prisión preventiva oficiosa, que de suyo vulnera la libertad personal y la presunción de inocencia, además de contravenir las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Según el World Justice Project, el Estado de derecho es un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades están sujetas al cumplimiento de la ley, la cual debe ser respetuosa de los derechos humanos y aplicarse de forma equitativa, justa y eficiente.
En esta lógica, es importante visibilizar y evaluar los riesgos que entrañan estas reformas para la protección de derechos humanos y, por lo tanto, para el Estado de derecho, particularmente en lo que compete a la materia penal.
Desde detenciones ilegales a prisión preventiva oficiosa
En el caso de las detenciones, la normatividad establece que el juez de control debe calificar si las razones que expone el Ministerio Público justifican la detención. Debe considerarse, además, el cumplimiento del plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad.
Como lo hemos señalado en nuestro reporte Hallazgos Nacional 2023, existen dos riesgos altos de violaciones a derechos humanos en esta etapa del proceso penal. Por un lado, el tiempo que transcurre desde la detención de una persona hasta el momento en que se presenta ante una autoridad judicial para la audiencia inicial. Éste es el tramo del proceso en el que las personas detenidas son más susceptibles a que sus derechos sean violentados.
Por el otro, si bien las detenciones sin orden judicial sólo son posibles en flagrancia, la definición constitucional de esta figura es amplia. Una detención puede ser determinada como legal no sólo en el momento en que se comete el delito, sino inmediatamente después de que se cometió. Este segundo supuesto abre un espacio a la discrecionalidad de las autoridades que realizan la detención, lo que se considera inconsistente con los derechos humanos por instancias internacionales.
Los resultados de la evaluación realizada por México Evalúa muestran que, a nivel nacional, dos de cada 10 detenciones son calificadas como ilegales por el juez de control. Sin embargo, hay estados donde el porcentaje es considerablemente alto, como Quintana Roo con 59.7% de detenciones calificadas como ilegales, Estado de México con 58% y Jalisco con 54.9%.
Otro aspecto es el de la prisión preventiva que, como se mencionó, vulnera la libertad personal y el principio de presunción de inocencia. Como lo señalamos en nuestro reporte Hallazgos Nacional 2023, la imposición de una medida cautelar debe tener en su centro el respeto a la libertad personal de las personas procesadas. En otras palabras, la prisión preventiva sólo debe de imponerse de manera excepcional si otras medidas cautelares en libertad no son suficientes. Sólo así, esta figura asegura la presencia de la persona imputada en el proceso, la protección de víctimas y testigos, y/o el desarrollo de la investigación.
Aquí los resultados de la evaluación muestran que, en 2023, la mitad de las medidas impuestas a personas imputadas en el fuero común correspondieron a la prisión preventiva en la modalidad oficiosa y justificada.
Vigilar la estrategia nacional de seguridad
La estrategia nacional de seguridad pública presentada por el Gobierno federal el pasado octubre tiene tres objetivos: 1) disminuir la incidencia de homicidios dolosos vinculados a delincuencia organizada y delitos de alto impacto como extorsión, secuestro y robo con violencia en vías generales de comunicación; 2) neutralizar los generadores de violencia y redes criminales; y, 3) mejorar el diálogo con los sectores de la sociedad.
Con esta estrategia, será muy importante vigilar que los mecanismos de protección de derechos humanos en los procesos penales se apliquen de manera efectiva, porque más detenciones ilegales y más personas privadas de la libertad sin sentencia no es sinónimo de justicia y, mucho menos, de Estado de derecho.